
A partir del 19 de mayo del 2022 el Municipio de Omitlán de Juárez Hidalgo, se ha unido a lo dispuesto por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Hidalgo., donde a partir de la fecha antes mencionada quedan erradicadas toda cultura social que permite expresiones, costumbres, tradiciones, estereotipos y roles de género que perpetúan las desigualdades a través de la cultura misógina que prevalece en la sociedad.
En este sentido, este municipio en coordinación con la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Hidalgo rechaza con determinación todos los concursos o certámenes de belleza, que permiten la participación de niñas y adolescentes mujeres que convoquen a menores de edad, toda vez que tienden a la reproducción de la violencia simbólica, que representa una violación a sus derechos humanos.
Siguiendo las instrucciones de la procuraduría y debido a que es obligación de las autoridades de los tres ordenes de gobierno, implementar medidas que eviten la repetición de actos violatorios de derechos humanos y contribuir a la prevención de dichas violaciones, así como adoptar medidas para hacer efectivo de los derechos de niñas, niños y adolescentes, se han determinado como medidas especiales de protección a favor de las niñas y adolescentes del Estado de Hidalgo las siguientes:
PRIMERO. Instruir a toda persona que integra el H. Ayuntamiento Municipal, para que, en los casos que se identifiquen actos que atenten contra la imagen, honra o reputación de niñas, niños y adolescentes, se emprendan las acciones administrativas y jurisdicciones conducente.
SEGUNDO. Se giren instrucciones al personal del H. Ayuntamiento Municipal y en específico a Secretaria General Municipal, Dirección de Reglamentos y Dirección de Turismo para que se abstengan de otorgar permisos para la realización de concursos o certámenes de belleza que convoquen a personas menores de edad y en caso procedente se ordene la cancelación del mismo.
TERCERO. Se promueva el uso responsable de la imagen de niñas, niños y adolescentes en medios de comunicación y en redes sociales, principalmente de niñas y adolescentes mujeres, haciendo un llamado a respetar el marco normativo en la materia, y con ello, abonar en la erradicación de los roles y estereotipos de genero que ponen en situación de desventaja a las mujeres.
CUARTO. En los casos en que se pretenda utilizar la imagen, información o datos personales de niñas, niños y adolescentes, se garantice el cumplimiento al estándar establecido por el articulo 76 de la Ley general de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente.
QUINTO. En todas las medidas concernientes a niñas, niños y adolescentes, se deberá tomar en cuenta, como consideración primordial, el interés superior de la niñez.